Según el Convenio Ramsar protección de humedales, en su artículo número 1 del protocolo se define un humedal como aquella zona húmeda o humedal de cualquier extensión de marisma, pantano o turbera, o superficie cubierta de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de aguas marinas cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros". Actualmente un humedal es ―ecosistema que, debido a condiciones geomorfológica e hidrológica, presenta acumulación de agua (temporal o permanentemente), dando lugar a un tipo característico de suelo y a organismos adaptados a estas condiciones, estableciendo así condiciones acopladas e interactuantes con flujos económicos y socioculturales que operan alrededor y a distintas escalas.

Corporación Autónoma
Regional del Tolima
Av. Ferrocarril con 44 Esquina
Ibagué - Tolima - Colombia
Línea Nacional: 01 8000 956 666
Correo corporativo
[email protected]
Correo para notificaciones judiciales
[email protected]
Directorio telefónico
Indicativo Colombia: +57
Indicativo Tolima: 608
Sede Centro, Ibagué:
265 7775 - 265 5452 - 265 5446
265 7186 - 265 4940 - 266 0101
Sedes Territoriales:
LÉRIDA: Celular 318 264 2974
CHAPARRAL: 246 2779
Celular 318 372 6586
PURIFICACIÓN: 228 1204
MELGAR: 244 0078
Celular 318 372 6579