Los departamentos de Gestión Ambiental están regidos por el artículo 8 de la ley 1124 del 22/01/2007, Reglamentados por el Decreto 1299 del 22/04/2008. Todas las empresas a nivel industrial deben tener un departamento de gestión ambiental dentro de su organización, para velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental de la República.
Definición: Es el área especializada, dentro de la estructura organizacional de las empresas a nivel industrial responsable de garantizar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 4° del decreto.(Decreto 1299 del 22/04/2008, Artículo 2° Numeral 1 )
Objeto: Establecer e implementar acciones encaminadas a dirigir la gestión ambiental de las empresas a nivel industrial; velar por el cumplimiento de la normatividad ambiental; prevenir, minimizar y controlar la generación de cargas contaminantes; promover prácticas de producción más limpia y el uso racional de los recursos naturales; aumentar la eficiencia energética y el uso de combustible más limpios; implementar opciones para la reducción de emisiones de gases de efectos invernadero; y proteger y conservar los ecosistemas."(Decreto 1299 del 22/04/2008, Artículo 4°)
Quienes están obligados: Empresas a nivel industrial cuyas actividades de acuerdo a la normatividad ambiental vigente, requieran de Licencia Ambiental, Plan de Manejo Ambiental, Permisos, Concesiones y demás Autorizaciones Ambientales (Decreto 1299 del 22/04/2008, Artículo 3°)